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La Corte de Casación de París ha determinado que bajar una pista de esquí demasiado rápido es penalmente reprobable.
El más alto tribunal del poder judicial de Francia (el equivalente en el orden administrativo es el Consejo de Estado) ha fallado, en un caso particular, que la falta de atención y la imprudencia en la práctica de un deporte, como descender demasiado rápido por una pista de esquí, son faltas que pueden constituir delitos.
Es una decisión judicial que ahora habrá que tener en cuenta. Según juzga la Corte de Casación, para que exista infracción penalmente punible, “no es necesario que los hechos se hayan producido durante una competición cuyas reglas específicas se habrían infringido''.
La resolución se ha tomado a raíz de un accidente en el cual el esquiador responsable del mismo había golpeado a otro esquiador porque bajaba demasiado rápido, cometiendo “una infracción por falta de atención y temeridad”, señalaron los jueces.
En el auto figura que la “desatención” y la “imprudencia” -sin tener en cuenta una presencia en su camino- lo llevaron a una velocidad excesiva “que no le permitió detenerse, ni frenar, ni alterar su trayectoria”, observó el Tribunal.
Por tanto, la víctima tiene derecho a acudir a una comisión de indemnización para víctimas de delitos o al Fondo de Garantía para víctimas de actos de terrorismo u otros delitos.
Esto sucede en Francia, veremos si otros países siguen el ejemplo. Aunque como dice el dicho "Cuando veas las barbas de tu vecino cortar..." vale más que nos acostumbremos a correr menos.
Fuente: lugaresdenieve.com